Factura electrónica obligatoria entre empresas (Ley Crea y Crece) y Odoo

Última actualización:

La factura electrónica entre empresas y profesionales será obligatoria en España a partir del 6 de octubre de 2027 para quien tenga un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros y del 6 de octubre de 2028 para el resto. Nace de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) y se desarrolla con el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026. No es Verifactu: es otra obligación, con otro calendario. Esta guía resume qué exige, a quién afecta y qué puedes hacer hoy con Odoo.

Última revisión: 2 de noviembre de 2026. Las fechas de esta guía proceden de la sede de la AEAT, que las actualizó el 27 de octubre de 2026. Aparte, Verifactu mantiene como fechas legales vigentes el 1 de enero y el 1 de julio de 2027; el 5 de octubre de 2026 Hacienda anunció su intención de aplazarlas a octubre de 2028, está anunciado, pendiente de publicación, y mientras no salga en el BOE valen las fechas de 2027. Detalle en plazos y sanciones.

Cronología de la norma

Hito Fecha Fuente
Ley de creación y crecimiento de empresas, que amplía a todos los empresarios y profesionales la obligación de emitir y enviar facturas electrónicas Publicada el 29 de septiembre de 2022 Ley 18/2022
Reglamento de la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales (modifica también el Reglamento de facturación de 2012) Aprobado el 25 de marzo de 2026, publicado en el BOE del 31 de marzo y en vigor desde el 20 de abril de 2026 Real Decreto 238/2026
Orden de la solución pública de facturación electrónica, de la que dependen los plazos Publicada el 5 de octubre de 2026, en vigor el 6 de octubre Orden HAC/1028/2026, BOE-A-2026-20587

La aplicación efectiva del real decreto quedaba condicionada a esa orden, y los plazos corren desde su entrada en vigor.

Calendario de aplicación

Según la AEAT, contado desde el 6 de octubre de 2026:

Fecha Quién Qué debe hacer
6 de octubre de 2027 Empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas, y comunicar los estados de factura y de pago
6 de octubre de 2028 El resto de empresarios y profesionales (incluidos autónomos) Emitir, enviar y recibir facturas electrónicas. Las personas jurídicas con 8 millones o menos también comunican estados
6 de octubre de 2029 Personas físicas y entidades en atribución de rentas Comunicar los estados de factura y de pago

El umbral de 8 millones se calcula con el volumen de operaciones del año natural anterior, según el artículo 121 de la Ley del IVA.

Qué exige el reglamento

  • Factura estructurada. La factura debe ser un mensaje informático estructurado. Un PDF no basta por sí solo.
  • Estados de la factura. El destinatario debe informar de la aceptación o el rechazo comercial y del pago efectivo completo, con sus fechas, en un plazo de cuatro días naturales (excluidos sábados, domingos y festivos nacionales). Si no hay rechazo, se presume aceptada. Los pagos parciales y la cesión son estados voluntarios.
  • Dos vías de intercambio. La solución pública de la AEAT, que ofrecerá un formulario gratuito, o plataformas privadas de intercambio de facturas, o ambas.
  • Plataformas privadas. Entre otros requisitos, certificación ISO/IEC 27001 o equivalente, protocolos AS2 o AS4, firma o sello electrónico avanzado e interconexión gratuita entre plataformas. Las que no usen la solución pública deben enviarle una copia UBL de cada factura.
  • Periodo transitorio de PDF. Los obligados por encima de 8 millones deben acompañar durante doce meses la factura electrónica con un PDF legible, salvo que el destinatario acepte solo el formato original.
  • Quedan fuera las facturas simplificadas (salvo las simplificadas cualificadas) y las operaciones que el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa excluya por orden (art. 4.2 del RD 238/2026). En el País Vasco y Navarra se aplica según su concierto y convenio.

Este texto no cubre el régimen sancionador de esta obligación; no lo hemos verificado y no lo damos por conocido.

Formatos: UBL, CII, EDIFACT, Facturae y EN 16931

El artículo 7 del real decreto admite cuatro sintaxis para la factura: CII, UBL, EDIFACT y Facturae. Todas deben seguir el modelo semántico europeo EN 16931. Las plataformas privadas deben poder transformar el mensaje entre todos los formatos admitidos, y la solución pública usa UBL. El preámbulo del real decreto cita Peppol BIS como válido en plataformas privadas por apoyarse en UBL y EN 16931, aunque el articulado no lo menciona.

No es Verifactu

Factura electrónica B2B Verifactu
Norma Ley 18/2022, Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 Ley 11/2021 y Real Decreto 1007/2023
Qué regula Formato estructurado, canal de intercambio y estados de la factura Cómo debe ser el programa de facturación (registro, huella, QR)
Entre quién Entre empresarios y profesionales Cualquier factura emitida con un sistema informático de facturación
Fechas 6 de octubre de 2027 y 2028 (y 2029 para comunicar estados las personas físicas) 1 de enero y 1 de julio de 2027; aplazamiento a octubre de 2028 anunciado, sin BOE

El Real Decreto 238/2026 no menciona Verifactu. La relación es de calendario: Hacienda anunció el aplazamiento de Verifactu para alinearlo con la factura electrónica B2B, pero ese aplazamiento no está en el BOE. Una misma empresa puede acabar sujeta a las dos obligaciones. Si además estás en el SII o en un territorio foral, mira la guía de diferencias entre Verifactu, SII, TicketBAI y Facturae.

Qué ofrece Odoo hoy

Lo siguiente es lo que hemos podido verificar en la documentación de Odoo y en los repositorios públicos a 2 de noviembre de 2026.

Pieza Qué hace Detalle
l10n_es_edi_facturae (Odoo) Genera y firma archivos Facturae 3.2.2 Disponible en las ramas 17.0 a 19.0. La documentación de Odoo lo describe como módulo para la Administración General del Estado
l10n_es_facturae (OCA) Genera Facturae; con l10n_es_facturae_face, envío a FACe Ramas 14.0 a 19.0 (FACe: 14.0 a 18.0). La rama 18.0 figura como Beta
Exportación UBL y CII (account_edi_ubl_cii) Exporta e importa UBL Bis 3, Factur-X (CII) y otros formatos nacionales; el PDF se incrusta en el XML de los formatos UBL Los formatos se eligen por diario. UBL Bis 3 está disponible para países de la lista EAS de Peppol
Peppol (account_peppol) Envío y recepción de documentos por la red Peppol La documentación de Odoo indica que el registro es gratuito y está disponible en Community, y lista España entre los países elegibles

Lo que no hemos podido verificar: que alguna de estas piezas, por sí sola, cubra el conjunto del Real Decreto 238/2026, es decir, la conexión con una plataforma privada o con la solución pública de la AEAT y la comunicación de estados de factura y de pago. Es normal: la orden que pone en marcha los plazos entró en vigor el 6 de octubre de 2026. Pide a tu partner o proveedor su plan de cobertura por escrito.

Sobre las ediciones: los módulos oficiales están en el código público de Odoo con licencia LGPL-3, y la documentación no los limita a una edición; confirma con tu partner qué puedes instalar y mantener en tu caso.

Cómo prepararte sin esperar

  1. Calcula tu fecha. ¿Tu volumen de operaciones superó 8 millones el año anterior? Entonces es octubre de 2027; si no, octubre de 2028.
  2. Mapea tus flujos. Qué clientes y proveedores intercambian facturas contigo y por qué canal (correo en PDF, portales, Facturae para la Administración).
  3. Revisa tus maestros en Odoo. NIF, direcciones y datos de clientes y proveedores limpios; los rechazos empiezan casi siempre por datos de partida.
  4. Decide el canal. Solución pública de la AEAT, plataforma privada o ambas, según tu volumen y tus integraciones.
  5. Pregunta a tu partner de Odoo cómo se conectará tu instalación con ese canal y cómo registrará aceptación, rechazo y pago.
  6. Prepara el equipo. Quién revisa facturas recibidas, quién comunica el rechazo y en qué plazo.

Y no los mezcles con tu preparación para Verifactu: esa tiene su propia checklist para preparar Odoo.

¿Te ayudamos?

Si trabajas con Odoo y quieres saber qué te falta para Verifactu y para la factura electrónica B2B, en uKodeIT revisamos tu versión, módulos y flujos de facturación. Consulta la página del servicio de Verifactu en Odoo o contacta con nosotros.

Guías relacionadas

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas en España?

Según la AEAT, el 6 de octubre de 2027 para empresas y profesionales con un volumen de operaciones superior a 8 millones de euros, y el 6 de octubre de 2028 para el resto. La comunicación de estados de factura y pago llega más tarde para las personas físicas y entidades en atribución de rentas: 6 de octubre de 2029.

¿Es lo mismo que Verifactu?

No. Verifactu (Real Decreto 1007/2023) regula cómo debe ser el programa que emite las facturas: registros inalterables, huella y QR. La factura electrónica B2B (Ley 18/2022 y Real Decreto 238/2026) regula el formato estructurado de la factura, su canal de intercambio y la comunicación de estados. Son dos obligaciones con calendarios distintos.

¿Qué formatos de factura electrónica admite el reglamento?

Un mensaje estructurado en CII, UBL, EDIFACT o Facturae, todos ajustados al modelo semántico europeo EN 16931. Un PDF por sí solo no cumple como factura electrónica.

¿Odoo cumple la factura electrónica obligatoria?

Odoo tiene piezas relacionadas: el módulo l10n_es_edi_facturae, la exportación UBL y Factur-X (CII) y el envío por Peppol. Pero a 2 de noviembre de 2026 no hemos encontrado documentación oficial de Odoo ni de la OCA que declare cobertura completa del Real Decreto 238/2026 (plataforma o solución pública, estados de pago). Pregúntalo a tu partner.

¿Los autónomos tienen que emitir factura electrónica?

Sí, entre empresarios y profesionales: a partir del 6 de octubre de 2028, según el calendario de la AEAT. La AEAT dispondrá de una aplicación gratuita para emitir y gestionar estas facturas. Las facturas simplificadas quedan fuera, salvo las simplificadas cualificadas.

¿Valen Peppol y las plataformas privadas?

El reglamento prevé dos vías, la solución pública de la AEAT y las plataformas privadas de intercambio, que deben cumplir requisitos como la certificación ISO/IEC 27001. El preámbulo cita Peppol BIS como válido en plataformas privadas, pero el articulado no lo recoge. Confirma con tu proveedor cómo cumple cada requisito.